COMUNICADO 18/2020.
Se informa a toda la comunidad lo siguiente:
- Que las autoridades provinciales han dictado nuevas disposiciones para el ingreso y egreso a localidades dentro del territorio de la provincia, que se detallan a continuación:
- Todas aquellas personas que no residen en el territorio provincial con destino en la misma deberán respetar las medidas de aislamiento, social, preventivo y obligatorio por el termino de 14 días desde su ingreso;
- Aquellas personas residentes en la provincia con habilitación de circulación interprovincial que efectúen ingreso y egreso de forma frecuente en el territorio provincial quedan excluidas de participar en las actividades exceptuadas del ASPO y de las habilitadas en el distanciamiento social preventivo y obligatorio (DSPO), es decir, participar en actividades religiosas, deportivas, gastronómicas, culturales y reuniones familiares, limitando sus saludas a lo necesario por razones alimentarias, de salud y fuerza mayor. Esta medida también deberá ser cumplimentada por aquellas personas residentes en otras provincias, con habilitación de circulación, que ingresen al territorio provincial de manera frecuente.
- Conforme a lo dispuesto por las autoridades provinciales mediante Decreto N° 0534/2020, se autoriza a realizar las practicas deportivas autorizadas con participantes a partir de los 12 (doce) años y en horario de 7 a 21 hs.
- Dada la situación epidemiológica de la provincia de Santa Fe, a partir de la fecha deberán cumplir con el AISLAMIENTO OBLIGATORIO todas aquellas personas que regresen a la localidad del exterior y, ciudades y/o provincias donde existe circulación viral y contagios por conglomerado, que se enuncian a continuación: Ciudad Autónoma de Bs. As, Provincias de Buenos Aires, Chaco, Tierra del Fuego y Rio Negro; Ciudad de Córdoba, Rosario, Villa Ocampo, Reconquista y Ceres.
COMITÉ DE EMERGENCIA
